Reglamento
REGLAMENTO DE USUARIOS DE BIBLIOTECA CENTRAL
La Biblioteca Central está abierta a la comunidad en genera. Sus colecciones pueden ser consultadas por todos aquellos que lo Soliciten, quienes deberán atenerse al cumplimiento del reglamento.
2.Categorías de USUARIOS:
a) INTERNOS: podrán ser socios de la biblioteca, alumnos, docentes,Investigadores, no docentes.
b) EXTERNOS: graduados de la UNC y otras Universidades.
- b1) LOS usuarios Externos podrán acceder a la categoría de "socios, adherentes'.
- b2) Este tipo de socios no gozará del MISMO régimen de PRÉSTAMOS NI DE EXCEPCIONES que los usuarios internos.
3.Beneficios de la condición de socios:
a) Las dos categorías de socios podrán acceder a la obtención del carnet o credencial de lector, lo que los habilita para:
-Hacer uso de las instalaciones de la Biblioteca.
-Acceder a préstamos en sala y a domicilio.
-Acceder al uso de los servicios de Bases de Datos.
-Acceder al uso del equipamiento informático e internet.
4.Condiciones de asociación:
a) Usuarios Internos: deberán cumplir con los requisitos administrativos que les instruya el personal de biblioteca:
-presentación de las certificaciones que acrediten su condición de alumno regular, docente o no docente.
además de sus certificaciones deberán cumplir la siguiente formalidad:
- Presentación del D.N.I.
- 1 (una foto) carnet.
- Acreditación de domicilio mediante la? presentación de factura de servicio público (luz, gas o teléfono).
- a.1) Alumnos de otros Asentamientos: deberán presentar Carnet de Socio de la Biblioteca a que pertenece ,y anualmente, al inscribirse o renovar su inscripción en esta biblioteca, el Certificado de Alumno Regular y certificación de domicilio.
b)Socios Adherentes deberán:
- Aportar una contribución bimensual estipulada por autoridad competente.
- Presentación del D.N.I
- 1 (una foto) carnet.
- Acreditación de domicilio mediante la presentación de factura de servicio público (luz, gas o teléfono).
- Título Profesional
-Certificación de su vinculación con nuestra universidad (estudios de pos-grado).
5. Uso del carnet o credencial de lector:
a) El carnet es intransferible y debe ser presentado para tramitar el préstamo de libros, devoluciones y equipos informáticos o cuando el personal de la Biblioteca lo crea necesario.
b) La Biblioteca se reserva el derecho a retener el carnet y/o suspender su uso temporalmente, ante el incumplimiento del reglamento.
c) Anualmente en Universidad deberá renovar su condición de socio.
d) El carnet de lector es la única credencial que habilita para retirar libros en cualquier biblioteca de la Universidad, siendo necesario registrarse y cumplimentar con el trámite que esta institución requiere.
6.Préstamos a domicilio:
a) Se podrá acceder al préstamo a domicilio exclusivamente mediante la presentación del carnet de lector.
b) La devolución de los libros podrá ser efectuada por terceros.
c) El préstamo domiciliario será de hasta 7 (siete) días corridos, quedando sujeto a modificación por razones de servicio o demanda.
-cl) Socios adherentes: no podrán acceder a los préstamos de libros de cátedra.
Tendrá acceso restringido a los préstamos de Bibliografía de grado obligatoria.
d) Se podrán retirar hasta 3 (tres) ejemplares
-dl) Socios adherentes: queda sujeto optativamente a la demanda de los libros solicitados.
e) No se prestarán a domicilio los siguientes materiales:
- Obras de referencia
- Ejemplares únicos, agotados, de difícil adquisición, o aquellos que se determine internamente como de consulta únicamente.
- Colecciones especiales.
- Material de Biblioteca Patagónica.
- Revistas.
- Obras Completas: con régimen de excepción. (Punto 9.)
-e1) Los ejemplares identificados como libros de consulta podrán ser retirados sólo los fines de semana. Para acceder al préstamo de fin de semana, se realizará la reserva de material los días fijados por la Biblioteca.
f) Renovación de libros: Los préstamos no podrán ser renovados ( el ejemplar devuelto no puede ser retirado en el mismo día y por el mismo usuario)
7.Uso del material bibliográfico:
a) Cuidado de los libros: Está prohibido subrayar, anotar o marcar los libros u otro material.
b) No se podrán retirar en préstamo libros rotos, sin tapas, con hojas sueltas o faltantes; por lo tanto, no se aceptarán devoluciones en esas condiciones.
c) Los libros retirados del estante se deben dejar sobre las mesas o serán entregados al personal; en ningún caso se los guardará nuevamente en el estante.
d) Las Obras de Referencia no podrán ser fotocopiados.
e) Quienes no revistan categoría de socios deberán presentar Documento de Identidad para todo trámite de Solicitud de material bibliográfico.
8.Uso de las instalaciones:
a) Está permitido el uso de las instalaciones de la Biblioteca Central a todos los usuarios, socios y no-socios.El personal de la Biblioteca tiene atribuciones para solicitar la credencial de socio y/o documento de identidad en caso de detectar alguna anomalía en el comportamiento del usuario.
b) El usuario deberá presentar su carnet de socio y /o documento de identidad para acceder a los siguientes servicios:
- Hemeroteca
- Uso de equipamiento informático e Internet
- Bibliotecas Especializadas.
c) En las salas de lectura se deberá mantener orden y silencio.
Se reacondicionaron tres salas de lectura, una es estrictamente silenciosa La otra conocida como sala-barcito y la ubicada en Circulación y Referencia.
d) El usuario está obligado a mostrar el contenido de sus bolsos u otras pertenencias, ante el requerimiento del personal.
9.Régimen de excepciones:
a) Duración del préstamo:
- a1) Se podrá extender la duración del préstamo en los siguientes casos:
- Concursos docentes.
- Proyectos de investigación.
- Solicitud de cátedra.
Requisitos:
Ser socios de la Biblioteca y presentar la justificación firmada por los interesados, con mención del límite de tiempo. (Si excede el año calendario, se deberá renovar el préstamo).
Requisitos: justificación firmada por el docente/Investigador interesado, con aval de la facultad y con mención del límite de tiempo, sujeto a la disponibilidad de material.
a) La duración de los préstamos comunes (7 días) podrá ser reducida por razones determinadas por la biblioteca (libros muy consultados, etc.)
b) EI material que no puede ser retirado a domicilio podrá ser objeto de una excepción, en los casos mencionados en el art. 9, inc.a.l, con los mismos requisitos.
c) Las Obras Completas, podrán ser retiradas por el usuario dentro del Régimen de Excepción, previo firma de conformidad de restitución de la misma obra, sin excepción.
10.Régimen de sanciones:
a) Préstamos a domicilio:
En caso de no devolverse las obras en el plazo estipulado (7 días), las sanciones serán las siguientes:
1 DÍA DE ATRASO - 2 DÍAS DE SUSPENSIÓN por cada libro
2 DÍAS DE ATRASO - 4 DÍAS DE SUSPENSIÓN por cada libro ...Y ASI SUCESIVAMENTE.
Para todos los casos (cómputo de sanciones y suspensiones) se cuentan los sábados, domingos y feriados.
b) Préstamos de fin de semana (libros únicos): se RETIRARAN A PARTIR DE LAS 9:00 horas DEL DÍA VIERNES Y SE DEVOLVERÁN EL DÍA LUNES De no cumplir con el término reglamentado, el usuario será pasible de la siguiente sanción:
1 SEMANA DE SUSPENSIÓN X DÍA DE ATRASO
c) La no devolución de obras de referencia y publicaciones periódicas (en préstamos de excepción) en el tiempo establecido, se sancionarán con 1 AÑO DE INHABILITACIÓN.
d) Usuarios en mora ( a partir de los 15 días de suspensión):
Las deudas de material bibliográfico serán comunicadas a las respectivas unidades académicas, a fin de que se arbitren las medidas correspondientes.
e) Alumnos en mora:
Las deudas de material bibliográfico a Biblioteca Central serán comunicadas a las respectivas unidades cadémicas a fin de que se impida la realización de los siguientes trámites académico-administrativos: pases de carreras, obtención de título, inscripción en turnos ordinarios de exámenes (excepto la última materia). El Departamento de Títulos deberá exigir la presentación del Libre Deuda -expedido por Biblioteca Central- como uno de los requisitos para la tramitación del Título.
f) La devolución de libros rotos, subrayados, anotados o marcados será sancionada con una suspensión de 60 días y retención de carnet.
g) Una obra perdida sólo será repuesta por otra igual o semejante (esta última con la aprobación de la Dirección de Biblioteca Central).
h) El usuario que viole cualquiera de las normas citadas en este reglamento respecto al cuidado del material, uso de las instalaciones o incurra en actitudes que atenten contra el servicio y/o el patrimonio de la biblioteca, será pasible de ser sancionado a criterio del personal -de acuerdo a la gravedad de la falta-con alguna de las formas de suspensión antes mencionadas.
i) Suspensiones: las suspensiones son acumulativas por lo tanto:
- Al incurrir en la 5ta.suspensión dentro del año calendario se aplicará la sanción correspondiente, más un mes de suspensión adicional.
- La sexta suspensión será definitiva en al año calendario con retención de carnet.
11- Este Reglamento tendrá validez para todas las bibliotecas dependientes de la Universidad Nacional del Comahue, conservando cada una de ellas sus particularidades.